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Sesión informativa obligatoria servicio Barnahus.

Fecha: 23-07-2026
Hora: 17:00 horas
Lugar: Sala de conferencias
A quien va dirigido: A quienes reuniendo los requisitos establecidos en las normas de aplñicación estén interesados en formar parte de este servicio. La sesion es obligatoria
Precio: gratuito previa inscripción
Fecha limite de inscripción: 23-07-2026

 

En la Disposición adicional única de la Orden Foral 84/2025, de 11 de diciembre de la consejera de Interior, Función Pública y Justicia, por la que se revisa y adapta el anexo III del Decreto Foral 104/2021, de 1 de diciembre, en el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita aplicable en la Comunidad Foral de Navarra, se creó “un turno de guardia/disponibilidad del Colegio de la Abogacía de Pamplona de 8 horas semanales para atender a las víctimas menores y adolescentes de violencia sexual (Barnahus)

La Comisión del Turno de Oficio se han redactado las Normas de Organización y Funcionamiento del Servicio Barnahus (Servicio de Guardia Especializado en Menores y Adolescentes Víctimas de Violencia Sexual), que han sido aprobadas en la Junta celebrada el pasado 12 de junio de 2026. Se encuentran a tu disposición en la web colegial.

De las mismas extraemos los siguientes puntos a tener en cuenta:

1º.- Los/las Letrados/as que quieran incorporarse o permanecer en este Servicio al año siguiente, deberán cumplir los requisitos exigidos en el Reglamento del Turno de Oficio y las Normas de Régimen Interior del Turno de Oficio. Así mismo, será preceptivo que el/la Abogado/a:

– Se encuentre en posesión del último Curso de especialización en materia de Violencia contra las Mujeres impartido por la Comisión de Formación del MICAP, en colaboración con el Instituto Navarro para la Igualdad u organismo competente en materia de igualdad o, en su caso, del módulo formativo en materia de violencia sexual a NNA.

– Esté en posesión del curso especializado del Servicio y Turno de menores realizado en los tres años anteriores a la fecha de incorporación al servicio o turno o haber pertenecido al servicio o turno de menores en alguno de los tres últimos años.

– Asista a una de las sesiones de formación práctica y, al menos, a dos de las sesiones de formación teórica que se organicen computables para este servicio y turno, salvo que existan modificaciones legislativas que obliguen a incrementar ese número.

– Esté adscrito/a al Turno de Oficio en materia Penal.

– Carezca de antecedentes penales no cancelados por atentar contra la libertad e indemnidad sexual de menores de edad, lo que deberá acreditarse mediante la aportación del certificado de Delitos de Naturaleza Sexual, que deberá ser renovado anualmente y presentado cuando lo requiera el MICAP.

2.-El Servicio Barnahus se realizará mediante el establecimiento de dos guardias localizadas semanales (martes y jueves) de 4 horas cada una.

3.-En periodo lectivo el/la letrado/a comenzará su guardia a las 15:00h horas y la terminará a las 19:00 horas del mismo día.

En periodo no lectivo (Semana Santa, Navidad y verano, del 15 de junio al 15 de septiembre) el/la letrado/a comenzará su guardia a las 9:00 horas y la terminará a las 13:00 horas del mismo día.

4.- Iniciada la guardia y una vez recibido el aviso o la cita previa requiriendo la asistencia o asesoramiento, el/la Letrado/a, dentro del horario de la guardia, tendrá que contactar con el Centro Barnahus para interesarse por el aviso recibido y acudir lo antes posible o a la hora acordada al Centro Barnahus, sito en la C/ Monasterio de Cilveti de Pamplona.

5.- El servicio de asesoramiento se prestará a las víctimas, sus familias o quien ejerza la tutela del/la menor o adolescente, si fuera el caso, y personas con discapacidad intelectual de forma presencial en el Centro Barnahus con cita previa. También se dará asesoramiento a los y las profesionales del Equipo Fijo-técnico del Centro Barnahus mediante atención telefónica.

6.- La asistencia se realizará de forma presencial en el Centro Barnahus a víctimas, sus familias o quien ejerza la tutela del/la menor o adolescente, si fuera el caso, y personas con discapacidad intelectual que manifiesten encontrarse en situación de necesidad como consecuencia de haber sido víctima de actos de violencia sexual.

 

Como viene detallado en el Anexo III (Módulos y bases de compensación económica) de la Orden Foral 84/2025, cada día de guardia de cuatro horas se compensará económicamente con 125 €. Si bien la compensación que se establece en dicha orden es de 250 €, se debe tener en cuenta que en la Disposición adicional única se habla de ocho horas semanales y la Comisión del Turno de Oficio, ratificada posteriormente en Junta, ha establecido dos guardias de cuatro horas cada una.

La puesta en funcionamiento del servicio por el MICAP está prevista para el próximo mes de septiembre y es por ello que se convoca a los/as interesados/as a una sesión informativa y obligatoria para quien quiera formar parte del mismo en estos últimos cuatro meses del año para el próximo 23 de julio de 2026 a las 17.00 horas.

Si reúnes los requisitos establecidos en las normas y quieres formar parte del servicio, Inscríbete a través del siguiente formulario, válido tanto para la solicitud de alta, como para la asistencia a la sesión obligatoria previa: RECUERDA QUE LA SOLICITUD DE ALTA EN ESTE SERVICIO VOLVERÁ A ABRISE EN OCTUBRE PARA EL AÑO 2027, COMO LA DEL RESTO DE SERVICIOS.

ACCESO INSCRIPCION SERVICIO Y SESIÓN INFORMATIVA OBLIGATORIA

 

circular 8-26 barnahus


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